Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es la formación bonificada?
  • Toda empresa que cotice por sus trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social, dispone de una cuota para financiar la formación de sus trabajadores que será  progresiva en relación con el numero de trabajadores a su cargo.
  • Otras formas de denominar a la formación bonificada...
  • Sistema de bonificaciones, formación de demanda, créditos formativos...
  • Normativa reguladora y sentido de la citada regulación
  • El nuevo sistema de Formación Profesional continua viene regulado en el Real Decreto 395/2007, de 23 de Marzo de 2007, y que se desarrolla por la Orden TAS 2307/2007 de 27 de julio, pretendiendo facilitar a las empresas, el desarrollo de programas de formación para sus trabajadores, mediante un procedimiento que les permita llevar a cabo y planificar la formación que necesiten sin tener que ajustarse a las convocatorias anuales con un catálogo de cursos cerrados.  
  • ¿Quién puede beneficiarse?
  • Todo trabajador del RGSS tiene derecho a formarse a través de este sistema si la empresa cumple con los requisitos formales establecidos, siempre que exista un acuerdo con la misma y con la representación legal de los trabajadores.
  • Requisitos para la empresa
    • Debe tener Credito Formativo suficiente para utilizarlo en formación.
    • Estar al corriente con los pagos de Hacienda y de la Seguridad Social.
    • Estar adherida al convenio de Agrupación de empresas con la entidad que imparte los cursos.
Last modified: Saturday, 24 April 2021, 9:46 AM